Los contribuyentes morosos puedan regularizar la deudas generadas entre el 1° de junio de 2016 y el 31 de mayo, en 24 cuotas y con un interés de alrededor del 23% anual.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzará a partir del martes el nuevo plan de facilidades de pago denominado “Puente Fiscal“, para que los contribuyentes morosos puedan regularizar la deudas generadas entre el 1° de junio de 2016 y el 31 de mayo pasado, en 24 cuotas y con una tasa de interés de alrededor del 23% anual.
El titular de la AFIP, Alberto Abad, explicó que existe actualmente una “morosidad de entre $ 25.000 y $ 30.000 millones de deuda nueva, que se generó luego de la moratoria impositiva” que cerró a fines del año pasado.
Esos compromisos no pudieron regularizarse a través de los Planes Permanentes de Financiación, por lo que se dispuso este nuevo programa, cuyo plazo de suscripción cerrará el 31 de octubre próximo.
“Los interesados tendrán 90 días para adherir a este Puente Fiscal, hasta que el 1° de noviembre lancemos el nuevo plan Permanente de Regularización Fiscal”, que como los anteriores será de 3 a 6 cuotas, dijo Abad la semana pasada al anunciar el lanzamiento de este nuevo plan.
Podrán ingresar al Puente Fiscal quienes adeuden Aportes, Retenciones y Percepciones; y los contribuyentes morosos que se encuentren dentro de los planes permanentes vigentes, con pagos en 12 cuotas.
Para quienes quieran regularizar sus deuda de IVA, contribuciones a la Seguridad Social y Monotributo, el plan será de hasta 24 cuotas.
El Puente Fiscal buscará complementar “el saneamiento financiero de las empresas, les permitirá refinanciar y liberar el cupo del actual Plan Permanente”, sostuvo Abad.
Advirtió, no obstante, que para poder ingresar “habrá un análisis previo de la solvencia de quien pida este programa y también habrá un resguardo de deudas relevantes”, para no financiar a quienes con su accionar puedan llegar a afectar las cuentas del Estado.
También “se observará el Perfil de Riesgo -Siper- del contribuyente para premiar a quienes son cumplidores”, dijo el titular de la AFIP.
Quienes ingresen en los primeros 60 días de entrada en vigencia del plan deberán pagar el equivalente de la tasa de plazo fijo del Banco Nación a 180 días, hoy en 19%, más una sobre tasa de 2 puntos porcentuales en el caso de las PyMEs y 4 puntos más para el resto.
A los contribuyentes morosos que ingresen durante octubre se le sumarán 6 puntos porcentuales a la tasa del Banco Nación en el caso de empresas pequeñas y medianas, y 8 puntos para el resto.
Para una deuda de $ 100.000, por ejemplo, con el Plan Permanente se deben pagar seis cuotas de $ 17.642, o tres cuotas de $ 34.439; mientras que con el Puente Fiscal, para el primer caso, se pagan $ 5.000 de anticipo, con 24 cuotas de $ 4.825, o bien, el mismo adelanto y 12 cuotas de $ 8.791.
Del plan quedarán excluidas las deudas existentes en concepto de IVA trimestral e IVA diferido para las PyMEs, impuesto a los combustibles líquidos, deuda aduanera, e impuesto al juego, junto a todo otro gravamen excluido en el Plan Permanente.